domingo, 6 de septiembre de 2026

Estados Unidos, China y el fin de la confianza automática

Por Wens Silvestre

Durante buena parte del último medio siglo, la política internacional fue presentada como una competencia entre sistemas: democracia frente a autoritarismo, mercado frente a planificación estatal, orden basado en reglas frente a política de poder. Esa descripción conserva alguna utilidad, pero resulta insuficiente para responder la pregunta que hoy preocupa a gobiernos, empresas y ciudadanos: ¿en cuál de las grandes potencias se puede confiar?

La respuesta no debería depender de simpatías ideológicas. La confiabilidad internacional no se mide por los discursos de un gobierno ni por la naturaleza formal de su régimen, sino por su comportamiento: cumplimiento de acuerdos, estabilidad de las reglas, respeto de la soberanía, transparencia de las decisiones y existencia de mecanismos efectivos cuando se produce un incumplimiento.

Desde esta perspectiva, Estados Unidos y China presentan una paradoja. Estados Unidos posee instituciones más transparentes y mecanismos jurídicos más independientes, pero su política exterior se ha vuelto crecientemente volátil y transaccional. China mantiene una dirección estratégica más constante, pero concentra el poder, publica menos información y deja escaso margen para cuestionar sus decisiones. 

En términos sencillos: Estados Unidos ofrece más garantías institucionales, pero menos previsibilidad política; China ofrece mayor continuidad política, pero menos garantías institucionales.

La confianza internacional, además, no es una cuestión meramente moral. Tiene valor económico. Un país percibido como confiable obtiene financiamiento más barato, atrae inversiones, consolida alianzas, reduce el costo de supervisar contratos y consigue que otros gobiernos acepten compromisos de largo plazo.

Durante décadas, Estados Unidos acumuló ese capital. El predominio del dólar, la profundidad de sus mercados financieros, sus universidades, su capacidad tecnológica y su red de alianzas no descansaron solamente en su poder militar. También se apoyaron en la expectativa de que las instituciones estadounidenses limitarían las decisiones arbitrarias de sus gobernantes.

Esa confianza nunca fue absoluta. Estados Unidos intervino militarmente en numerosos países, apoyó cambios de régimen, aplicó sanciones extraterritoriales e interpretó selectivamente el derecho internacional. La invasión de Irak, el desconocimiento del fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre Nicaragua, el retiro del acuerdo nuclear con Irán y el bloqueo del sistema de apelación de la Organización Mundial del Comercio muestran que Washington también deja de lado las reglas cuando considera comprometidos sus intereses.

La Base Mundial de Datos sobre Sanciones muestra que Estados Unidos fue el usuario individual más frecuente de esta herramienta: participó en más de un tercio de los episodios registrados entre 1950 y 2019. Por consiguiente, la coerción económica no es una innovación china ni una respuesta exclusiva frente a amenazas excepcionales. Ha sido también un instrumento habitual de la política exterior estadounidense.

El segundo gobierno de Donald Trump ha profundizado este problema. Su política exterior parte de una concepción marcadamente transaccional de las relaciones internacionales: cada vínculo debe producir un beneficio inmediato y mensurable para Estados Unidos. Los aliados son evaluados por cuánto pagan; los tratados, por el saldo comercial; la cooperación, por la ventaja obtenida; y los aranceles, como mecanismos de presión.

Esta aproximación puede producir concesiones rápidas, pero erosiona un activo construido durante décadas: la expectativa de continuidad. Si un tratado puede ser reinterpretado, suspendido o vaciado mediante una decisión presidencial, los demás países comienzan a preguntarse qué valor tiene asumir compromisos duraderos con Washington.

Los aranceles aplicados incluso a países con acuerdos comerciales, las presiones sobre aliados, la reducción de la cooperación internacional y las oscilaciones frente a conflictos como el de Ucrania transmiten un mensaje problemático: la relación con Estados Unidos depende crecientemente de la apreciación personal y coyuntural de su presidente.

El problema, sin embargo, no se reduce a Trump. Algunas tendencias han sobrevivido a administraciones republicanas y demócratas. El bloqueo estadounidense al Órgano de Apelación de la OMC comenzó antes de su segundo mandato y continuó bajo gobiernos de distinto signo. El proteccionismo industrial también se volvió bipartidista. Trump, no obstante, ha llevado esa lógica a un nivel mucho más explícito e imprevisible.

Estados Unidos corre así el riesgo de consumir el capital de confianza acumulado por generaciones anteriores. Una potencia puede obligar temporalmente a otros países a aceptar sus condiciones, pero la coerción reiterada incentiva la diversificación, la búsqueda de monedas alternativas, la formación de nuevas alianzas y la reducción de dependencias.

La experiencia china debe examinarse con el mismo rigor. Desde la guerra con Vietnam de 1979, China ha evitado intervenciones militares globales comparables con las de Estados Unidos. No ha desarrollado una red mundial de bases semejante a la estadounidense ni ha hecho del cambio de régimen un instrumento habitual de política exterior.

Su principio de no intervención ha resultado atractivo para países de África, Asia y América Latina. China comercia e invierte sin exigir necesariamente reformas políticas, cambios de gobierno o adhesión a una determinada concepción de democracia. Además, ha financiado infraestructura que los organismos multilaterales y los países occidentales no siempre estuvieron dispuestos a asumir.

La acusación de que China aplica sistemáticamente una “diplomacia de la trampa de deuda” tampoco ha sido demostrada como una estrategia general. Estudios sobre Sri Lanka y otros países no encontraron evidencia concluyente de una política deliberada destinada a provocar incumplimientos para apoderarse de activos. Los gobiernos receptores, sus decisiones fiscales y la selección deficiente de proyectos también han desempeñado papeles determinantes.

China, además, no incumple automáticamente las reglas comerciales. Diferentes estudios encontraron que implementó una proporción importante de los fallos dictados en su contra en la OMC. Las controversias más relevantes se relacionan con subsidios, empresas estatales, sobrecapacidad, propiedad intelectual y falta de transparencia, no con un rechazo general de todos los compromisos internacionales.

Pero sería igualmente equivocado idealizar su conducta. China utiliza su mercado como instrumento de presión cuando otro país cruza alguna de sus líneas rojas. Australia, Lituania, Corea del Sur y Filipinas han experimentado restricciones comerciales, turísticas o administrativas vinculadas con controversias políticas.

Beijing también rechazó el laudo arbitral de 2016 que desestimó buena parte de sus reclamaciones en el mar de China Meridional. En torno a Taiwán, las fronteras con India y las aguas disputadas con Filipinas, la doctrina de no intervención cede frente a una política de poder cada vez más firme.

Por eso, la continuidad china no debe confundirse con neutralidad o altruismo. China cumple con mayor previsibilidad cuando el acuerdo coincide con su estrategia nacional. Cuando considera amenazados su territorio, su seguridad, la autoridad del Partido Comunista o su política de “una sola China”, su comportamiento puede ser tan coercitivo como el de otras potencias.

La principal debilidad de China como socio no es necesariamente que incumpla más, sino que resulta más difícil anticipar, conocer y cuestionar sus decisiones.

En Estados Unidos, una medida gubernamental puede ser investigada por el Congreso, impugnada ante tribunales, examinada por la prensa y criticada abiertamente por empresas y ciudadanos. Esos controles pueden debilitarse, pero continúan existiendo.

En China, la política exterior, los préstamos y las inversiones estratégicas están estrechamente vinculados con el Partido Comunista, los bancos públicos y las empresas estatales. Estudios de contratos chinos han identificado cláusulas de confidencialidad, garantías especiales y condiciones que dificultan conocer plenamente las obligaciones asumidas.

Esta opacidad eleva el riesgo para los países con instituciones débiles. No porque todo proyecto chino sea perjudicial, sino porque un gobierno receptor puede negociar mal, ocultar compromisos o aceptar una infraestructura de baja rentabilidad sin que sus ciudadanos dispongan de información suficiente.

La responsabilidad, por tanto, no pertenece exclusivamente a China. Ninguna potencia puede imponer un contrato opaco sin la participación de funcionarios locales dispuestos a suscribirlo.

La competencia entre Estados Unidos y China busca, cada vez con mayor intensidad, que los demás países tomen partido. Washington presenta la rivalidad como defensa de un orden basado en reglas. Beijing se proyecta como representante del Sur Global y promotor de un desarrollo sin hegemonía. Ninguna de las dos narrativas describe completamente la realidad.

Estados Unidos defiende reglas que también incumple cuando restringen su libertad de acción. China reclama igualdad soberana, pero exige deferencia frente a sus intereses fundamentales. Estados Unidos emplea sanciones financieras y aranceles; China utiliza el comercio, la infraestructura y el acceso a su mercado. Ambos presentan sus intereses nacionales como si coincidieran con bienes públicos mundiales.

Para la mayoría de los países, especialmente los de América Latina, África y Asia, escoger incondicionalmente a una potencia sería un error. La dependencia de Estados Unidos expone a sanciones, presiones financieras y cambios políticos. La dependencia de China genera vulnerabilidad comercial, tecnológica, logística y contractual.

La respuesta más razonable es una autonomía pragmática. Esto significa cooperar con cada potencia en los ámbitos donde ofrece beneficios comprobables y establecer límites allí donde podría generarse una dependencia irreversible.

Los países pueden comerciar con China sin entregarle el control de sus telecomunicaciones, datos o infraestructura crítica. Pueden mantener cooperación de seguridad con Estados Unidos sin aceptar interferencias en decisiones soberanas. Pueden recibir financiamiento de ambos exigiendo licitaciones competitivas, transparencia contractual, sostenibilidad fiscal, transferencia tecnológica y evaluación ambiental.

La diversificación no es neutralidad moral. Un país puede condenar una invasión, defender los derechos humanos y respetar el derecho internacional sin someter toda su política exterior a una potencia. La autonomía tampoco significa equidistancia ante cualquier acontecimiento, sino capacidad para adoptar posiciones propias basadas en principios e intereses nacionales.

Los ciudadanos, por su parte, deben dejar de evaluar a las potencias como si se tratara de equipos deportivos. La admiración por la capacidad tecnológica estadounidense no debería ocultar sus intervenciones. El reconocimiento del desarrollo chino no debería justificar la censura, la opacidad o la coerción territorial.

Tampoco corresponde aceptar que cualquier crítica a Estados Unidos sea antioccidental o que cualquier observación sobre China forme parte necesariamente de una campaña de contención. Esa polarización empobrece el debate y favorece precisamente a los gobiernos que desean evitar la rendición de cuentas.

La pregunta decisiva no es qué potencia afirma tener mejores intenciones, sino qué compromisos acepta hacer públicos, qué mecanismos admite para resolver controversias y qué consecuencias enfrenta cuando incumple.

El mundo no necesita reemplazar una hegemonía estadounidense por una hegemonía china. Necesita un sistema en el que ninguna potencia pueda convertir su tamaño económico, su moneda, su tecnología o su poder militar en una licencia para imponer condiciones.

En determinadas relaciones económicas, China puede aparecer hoy como un socio más previsible, mientras Estados Unidos conserva instituciones más abiertas y mecanismos jurídicos superiores. Pero ninguno merece confianza automática.

El liderazgo internacional del futuro no debería medirse por el número de países presionados, las bases militares instaladas, los puertos controlados o los aranceles impuestos. Debería medirse por la capacidad de ofrecer cooperación estable sin exigir subordinación.

La principal lección de los últimos cincuenta años es incómoda pero necesaria: las grandes potencias tienden a respetar sus compromisos mientras estos no contradicen intereses que consideran fundamentales. Por eso, la seguridad de los países medianos y pequeños no puede descansar en la supuesta benevolencia de Washington o Beijing, sino en instituciones nacionales sólidas, contratos transparentes, relaciones diversificadas y una ciudadanía capaz de exigir cuentas.

En un mundo de rivalidad creciente, la verdadera soberanía no consiste en escoger de quién depender. Consiste en conservar la capacidad de no depender completamente de nadie.

domingo, 30 de agosto de 2026

Presupuesto 2027: gobernar antes del desastre

El proyecto eleva el gasto corriente mientras reduce el gasto de capital, en vísperas de un verano con 83% de probabilidad de un Niño Costero fuerte o extraordinario.

Por Wens Silvestre | 30 de agosto de 2026

Cifras clave: S/ 266 506 millones de presupuesto; gasto corriente +6,9%; gasto de capital -1,8%; reserva de contingencia S/ 9 601 millones.

El presupuesto público es la Política General de Gobierno expresada en cifras. Los discursos pueden declarar prioridades; el presupuesto revela cuáles recibirán recursos, cuáles deberán esperar y qué riesgos está dispuesto a asumir el Estado. Por eso, el proyecto para 2027 debe evaluarse no solo por su tamaño, sino por su coherencia con las dos urgencias que el propio Gobierno colocó en el centro de su agenda: reducir la vulnerabilidad frente a desastres y elevar la productividad del país.

El proyecto asciende a S/ 266 506 millones, S/ 8 945 millones más que el presupuesto de 2026, un incremento nominal de 3,5%. La cifra parece prudente en términos agregados. El problema aparece al observar su composición: los gastos corrientes aumentan de S/ 166 643 millones a S/ 178 142 millones, es decir, 6,9%; mientras que los gastos de capital disminuyen de S/ 58 190 millones a S/ 57 143 millones, una caída de 1,8%. El servicio de la deuda también baja, de S/ 32 728 millones a S/ 31 221 millones. En 2027, por tanto, el gasto corriente absorberá 66,8% del presupuesto, el gasto de capital 21,4% y la deuda 11,7%. 

La partida de personal y obligaciones sociales llegará a S/ 96 582 millones: equivale a 36,2% de todo el presupuesto y aumenta en más de S/ 3 000 millones frente a 2026. No todo gasto corriente es improductivo -allí están maestros, policías, médicos y servicios esenciales-, pero su expansión permanente estrecha la capacidad de reasignar recursos cuando ocurre una emergencia. El problema no es pagar al servidor público; es crear obligaciones sin resultados medibles, financiamiento permanente ni una revisión de productividad.

Una política de gobierno que debe aprobar el examen presupuestario

La Política General de Gobierno 2026-2031 presentada por el premier Luis Galarreta contiene cinco ejes. Dos son directamente relevantes para este debate: reducir la vulnerabilidad de la población, los ecosistemas y los medios de vida frente a desastres y cambio climático; y elevar la productividad con empleo formal e integración territorial. Ambos requieren infraestructura resiliente, mantenimiento, prevención y capacidad subnacional. Sin embargo, el proyecto incrementa el gasto corriente y reduce el capital. Esa divergencia obliga al Ejecutivo a explicar, partida por partida, cómo financiará sus propias prioridades.

Hay algunos elementos positivos. La reserva de contingencia pasa de S/ 4 683 millones en 2026 a S/ 9 601 millones en 2027: aumenta S/ 4 918 millones, más de 105%. El proyecto también impide anular recursos de las actividades de atención de emergencias y de intervenciones extraordinarias frente al Fenómeno El Niño, y autoriza a gobiernos regionales y locales a emplear hasta 20% del canon, sobrecanon, regalías y FONCOR en reducción del riesgo. Además, el Gobierno instaló una comisión nacional para el evento 2026-2027; el ministro de Desarrollo Agrario informó que se habían aprobado S/ 180 millones para prevención y que se solicitarían S/ 450 millones adicionales.

Pero habilitar recursos no equivale a prevenir, y una reserva genérica no reemplaza una cartera ejecutable. Los S/ 9 601 millones financian contingencias de distinta naturaleza y no constituyen, por sí solos, un fondo climático. Tampoco basta permitir que municipios y regiones usen canon o FONCOR: muchos territorios expuestos carecen de esos ingresos y otros enfrentan debilidades técnicas para formular, contratar y ejecutar intervenciones antes de las lluvias. La prevención necesita obras identificadas, responsables, hitos mensuales y mecanismos de desbloqueo, no únicamente autorizaciones legales.

El Niño ya no es un riesgo abstracto

El Comunicado Oficial ENFEN N.° 15-2026, del 28 de agosto, mantiene la alerta de El Niño Costero. Para el verano diciembre de 2026-marzo de 2027 asigna 43% de probabilidad a una magnitud extraordinaria y 40% a una magnitud fuerte: en conjunto, 83%. Entre setiembre de 2026 y enero de 2027, la probabilidad de una magnitud extraordinaria es de al menos 62%. En el Pacífico central, la probabilidad conjunta de un Niño fuerte o muy fuerte llega a 85%. Estas cifras no son una certeza meteorológica, pero sí un umbral de riesgo que un Estado responsable debe incorporar en su presupuesto.

El propio MMM reconoce la amenaza. Su escenario base supone que el PBI crecerá 3,4% en 2027. No obstante, en el escenario de un Niño Costero extraordinario, el crecimiento se reduciría 0,6 puntos porcentuales y quedaría alrededor de 2,8%. El Consejo Fiscal recuerda que episodios anteriores han restado entre 0,8 y 4,1 puntos porcentuales al PBI, según su magnitud. El impacto no termina en agricultura y pesca: alcanza carreteras, viviendas, agua, saneamiento, salud, comercio, manufactura y recaudación tributaria.

Esta vulnerabilidad vuelve más exigente el marco macroeconómico. El Consejo Fiscal considera que el crecimiento de 3,4% previsto para 2027 enfrenta riesgos significativos a la baja y califica de “notablemente exigente” el promedio de 4% proyectado para 2028-2030. Alcanzarlo exigiría que la inversión privada crezca alrededor de 7,5% anual, pese a los retrasos de proyectos, la menor escala de la cartera minera y las restricciones institucionales. Presupuestar sobre un escenario optimista no es necesariamente irresponsable; ejecutar como si el escenario adverso no existiera, sí lo sería.

La advertencia fiscal que no debe ignorarse

El MMM proyecta un déficit fiscal de 1,4% del PBI y una deuda pública de 29,3% en 2027, para luego converger a un déficit de 1% y una deuda de 27,7% en 2030. Pero el Consejo Fiscal advierte que esas cifras son referenciales porque el Gobierno anunció una modificación de las reglas fiscales. El riesgo es que El Niño termine siendo utilizado para abrir espacio a gastos ajenos a la emergencia. La recomendación técnica es correcta: primero debe cuantificarse el costo de prevención, respuesta y reconstrucción; después, y solo si el margen existente es insuficiente, discutir una modificación transparente y acotada de las reglas.

La prudencia es todavía más necesaria porque la mejora reciente de los ingresos descansa en gran medida en precios elevados de minerales y factores transitorios. El Consejo Fiscal estima que los ingresos de 2026 aumentarían en más de S/ 30 000 millones frente a 2025 y los de 2027 en cerca de S/ 15 000 millones adicionales. Esa bonanza no debe confundirse con una capacidad tributaria permanente. Si los precios de exportación sufrieran una corrección semejante a la de 2013-2016, la pérdida de ingresos podría alcanzar 2,6 puntos del PBI hacia el final del horizonte del MMM.

Tampoco puede ignorarse la trayectoria del gasto. Para 2026, el Consejo Fiscal estima que el gasto no financiero del Gobierno General llegará a unos S/ 262 000 millones, cerca de S/ 10 000 millones por encima del límite de la regla, y que sería el cuarto año consecutivo de incumplimiento conjunto de las reglas de gasto. Entre 2023 y 2026, la participación del gasto corriente en el presupuesto no financiero subió de 68,7% a 74,3%, mientras la inversión cayó de 28,5% a 22,3%. A ello se suma un costo anual cercano a S/ 50 000 millones en 2027 por normas sobre recursos humanos aprobadas entre 2021 y 2026. El presupuesto de 2027 no corrige todavía esa rigidez; la administra.

Descentralizar recursos exige asegurar ejecución

El presupuesto del Gobierno Nacional aumentará 1,5%, hasta S/ 166 613 millones; el de los gobiernos regionales disminuirá 0,8%, a S/ 58 672 millones; y el de los gobiernos locales crecerá 20,6%, hasta S/ 41 222 millones. El impulso municipal se explica en buena medida por inversión: la adquisición de activos no financieros de los gobiernos locales sube cerca de 39%. En contraste, esa partida cae alrededor de 17% en los gobiernos regionales.

Esta redistribución puede acercar obras al territorio, pero coincide con el primer año de nuevas autoridades regionales y municipales, cuando la inversión suele desacelerarse por cambios de equipos, aprendizaje y reprogramaciones. Frente a El Niño, transferir más sin acompañamiento puede convertir presupuesto en saldo no ejecutado. El MEF, la PCM y los sectores deben desplegar equipos técnicos, expedientes estandarizados, contratación anticipada y control concurrente en cuencas, quebradas, drenajes, carreteras, escuelas, centros de salud y sistemas de agua.

Lo que debe exigir el Congreso

La discusión parlamentaria debería producir, como mínimo, un anexo presupuestario específico para El Niño 2026-2027. Ese documento debe separar prevención, preparación, respuesta y reconstrucción; identificar proyectos y actividades por territorio, unidad ejecutora y fuente de financiamiento; establecer metas físicas y fechas; y presentar escenarios de costo para un evento moderado, fuerte y extraordinario. Cada liberación de la reserva de contingencia debería vincularse a umbrales técnicos del ENFEN, SENAMHI, ANA o CENEPRED y publicarse en un tablero de seguimiento.

También se requiere blindar la finalidad de los recursos climáticos. Ninguna ampliación del déficit o excepción fiscal justificada por El Niño debería financiar remuneraciones, beneficios, consultorías o proyectos sin relación directa con la emergencia. Los ingresos extraordinarios deben recomponer ahorro fiscal y el Fondo de Estabilización Fiscal, además de financiar intervenciones urgentes de alta rentabilidad social. La primera fuente de espacio fiscal debe ser la repriorización del gasto corriente de baja eficacia, no el endeudamiento indiscriminado ni una nueva flexibilización permanente de las reglas.

El proyecto contiene instrumentos valiosos, pero todavía necesita una arquitectura de ejecución compatible con el riesgo que enfrenta el país. La coherencia presupuestaria se medirá en tres decisiones: contener obligaciones permanentes sin resultados, proteger la inversión y convertir la reserva en prevención verificable. El Niño no esperará a que el Estado complete sus trámites. Un presupuesto de S/ 266 506 millones puede parecer grande; será suficiente únicamente si llega al lugar correcto antes de que lleguen las lluvias.

Fuentes principales

Congreso de la República. Proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2027 y anexos 1 y 2, 27 de agosto de 2026.

Ministerio de Economía y Finanzas. Marco Macroeconómico Multianual 2027-2030.

Consejo Fiscal. Informe N.° 04-2026-CF: Opinión sobre el proyecto de MMM 2027-2030.

Congreso de la República. Presidente del Consejo de Ministros expuso la Política General de Gobierno, 21 de agosto de 2026.

ENFEN. Comunicado Oficial N.° 15-2026, 28 de agosto de 2026.


domingo, 23 de agosto de 2026

Acuerdo de Urgencias Nacionales 2026

Por Wens Silvestre

El país no necesita que Gobierno y oposición piensen igual. Necesita que sean capaces de ponerse de acuerdo en aquello que el Perú no puede esperar.

La presentación de la Política General de Gobierno, realizada el 20 de agosto por el presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta, ante la Cámara de Diputados, dejó una idea central: ordenar el Estado para recuperar seguridad, impulsar el crecimiento y convertir decisiones en resultados. Los cinco ejes anunciados —seguridad; prevención frente a desastres y cambio climático; desarrollo de las personas; productividad; y gobernabilidad democrática— ofrecen una hoja de ruta cuya prueba será la ejecución.

En ese marco, el anunciado pedido de facultades legislativas —aún en revisión al 22 de agosto— será una prueba de la relación entre el Ejecutivo y el Congreso bicameral. No debería convertirse en una disputa automática entre oficialismo y oposición. El país necesita algo más útil: un Acuerdo de Urgencias Nacionales 2026, limitado a problemas cuyo retraso tiene costos inmediatos. No se trata de formar una coalición ni de pedir al Parlamento que renuncie a sus atribuciones, sino de distinguir lo urgente de lo estructural. 

La correlación política obliga al diálogo. Óscar Reto, del Partido del Buen Gobierno, fue elegido presidente de la Cámara de Diputados con 74 votos, acompañado por representantes de Juntos por el Perú, Ahora Nación y Partido Cívico Obras. Esa mayoría no es oposición homogénea. Existe una oportunidad: negociar materias concretas y evitar una ley ómnibus que mezcle seguridad, reforma penal, tributación, legislación laboral, ambiente y reorganización estatal. La Constitución marca el límite: el artículo 104 permite delegar facultades sobre materia específica y por plazo determinado.

La primera urgencia es la seguridad. Entre el 1 de enero y el 14 de mayo de 2026, registros oficiales presentados por el Ministerio del Interior al Congreso mostraron una reducción de 29 % en denuncias por extorsión y de 22 % en homicidios respecto del mismo periodo de 2025. Son datos sujetos a actualización; recuerdan que la política criminal debe evaluarse con indicadores. La eficacia no se mide por operativos o cámaras, sino por la disminución de delitos, el esclarecimiento de casos, la desarticulación de organizaciones y el control penitenciario.

Por ello, una delegación en seguridad debería ser precisa: corregir obstáculos legales frente a la extorsión, el sicariato, el crimen organizado, la flagrancia, la inteligencia criminal y el control penitenciario. Seguridad sin legalidad termina debilitando la institucionalidad que pretende proteger.

La segunda urgencia es climática. El comunicado del ENFEN del 14 de agosto mantiene la Alerta de El Niño Costero y prevé, para la región Niño 1+2, una magnitud más probable entre fuerte y extraordinaria hasta el verano. Galarreta informó, además, que se han priorizado 536 puntos críticos para limpieza de cauces y descolmatación. Aquí la política debe ceder a la evidencia y a la gestión.

Pero no todo problema requiere una nueva ley. Limpiar quebradas, movilizar maquinaria, reforzar defensas ribereñas, mantener drenajes y coordinar entre niveles de gobierno son tareas ejecutivas. Si pueden realizarse con la legislación vigente, deben comenzar de inmediato. Las facultades extraordinarias solo se justifican ante una barrera normativa concreta; además, toda contratación de emergencia debe ser transparente. Emergencia no puede significar opacidad.

A la vez, el riesgo climático tiene dimensión económica. La producción nacional creció 3,05 % en el primer semestre de 2026, pero en junio avanzó solo 1,75 %, con retrocesos en agro, pesca y manufactura. A ello se suma una fragilidad social persistente: la pobreza monetaria bajó de 27,6 % en 2024 a 25,7 % en 2025, lo que permitió que unas 567 mil personas salieran de esa condición; aun así, en el área rural alcanza 35,5 %. Crecer no basta: la estabilidad debe traducirse en inversión, productividad, formalización y empleo.

En esa línea, algunos ajustes puntuales —como la simplificación de regímenes para pequeñas empresas o la modernización aduanera— pueden encontrar consensos si contribuyen a ampliar la formalidad, facilitar la inversión y mejorar la eficiencia sin erosionar la recaudación. Distinto es el caso de reformas tributarias, laborales, ambientales o de reorganización del Estado de mayor alcance, cuyos efectos trascienden la coyuntura y requieren una evaluación técnica, fiscal y regulatoria más amplia. La economía necesita reformas, pero también predictibilidad.

Precisamente por ello, las materias que no respondan a una urgencia inmediata deberían recibir un tratamiento diferenciado. Si el Ejecutivo considera indispensable legislar también por delegación en esos ámbitos, podría presentar un segundo proyecto de facultades, separado del paquete destinado a seguridad y prevención frente a El Niño, con materias claramente delimitadas, sustento técnico y un plazo propio para su evaluación parlamentaria. Así se evitaría que la premura frente al crimen o una emergencia climática termine sirviendo de vehículo para reformas estructurales que merecen mayor escrutinio. La urgencia exige velocidad; las reformas de largo alcance, además, exigen deliberación.

Finalmente, la gobernabilidad no se agota en la relación entre Palacio y el Congreso. La Defensoría del Pueblo registró 191 conflictos sociales en julio de 2026: 150 activos y 41 latentes. Cuatro surgieron ese mes y dos se reactivaron. Un Estado que aparece cuando empieza la protesta ya llegó tarde. Prevenir conflictos exige presencia territorial, diálogo temprano y coordinación con regiones y municipios.

De allí que una salida razonable sea una delegación breve —60 días—, concentrada en seguridad y en las medidas indispensables frente a El Niño, con objetivos, normas a modificar, responsables e indicadores públicos. Las reformas estructurales deberían seguir el procedimiento legislativo regular.

Gobierno y oposición no fueron elegidos para coincidir en todo. La democracia necesita discrepancia y fiscalización. Pero también necesita reconocer aquello que no puede esperar. La extorsión no puede esperar. El Niño no puede esperar. La prevención de conflictos y la protección de infraestructura crítica tampoco.

Por eso, un Acuerdo de Urgencias Nacionales 2026 no sería un pacto de adhesión al Ejecutivo, sino un compromiso institucional con objetivos, plazos y resultados. El éxito no debería medirse por cuántas facultades obtiene el Gobierno o bloquea la oposición, sino por la capacidad del sistema político para reducir el miedo, proteger al país, sostener el crecimiento, disminuir la pobreza y recuperar confianza. Quizá el desafío más necesario sea ponernos de acuerdo en lo urgente sin dejar de discrepar en todo lo demás.

viernes, 7 de agosto de 2026

La nueva agenda económica: entre la disciplina fiscal y el desafío de crecer

Por Wens Silvestre

Los primeros anuncios del ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, permiten identificar con relativa claridad la orientación económica que pretende seguir el nuevo Gobierno durante el periodo 2026–2031. El mensaje combina continuidad macroeconómica, promoción de la inversión privada, recuperación de la productividad e inclusión social. No se propone una ruptura del modelo económico, sino corregir algunas de sus debilidades y mejorar la capacidad del Estado para traducir crecimiento en empleo, ingresos y reducción de la pobreza.

La dirección general resulta razonable. El Perú conserva fortalezas importantes —estabilidad monetaria, reservas internacionales y una deuda pública comparativamente moderada—, pero enfrenta problemas persistentes: baja productividad, elevada informalidad, deterioro fiscal, servicios públicos deficientes y dificultades para ejecutar inversiones. Reconocer que la estabilidad macroeconómica es indispensable, pero insuficiente para generar bienestar, constituye un buen punto de partida.

También es acertado colocar la productividad en el centro de la agenda. Durante años, el debate económico peruano ha oscilado entre la defensa de la estabilidad y la demanda de mayor gasto social, sin atender suficientemente aquello que permite sostener ambas cosas: empresas productivas, trabajadores capacitados, infraestructura funcional, seguridad jurídica y un Estado eficaz. Sin avances en esos ámbitos, cualquier crecimiento será frágil y difícilmente generará movilidad social.

El problema es que los anuncios constituyen todavía una orientación más que un programa integral. Faltan metas intermedias, costos, cronogramas, responsables e instrumentos normativos. La credibilidad del nuevo MEF dependerá de la rapidez con que convierta sus propósitos en políticas medibles.

Uno de los asuntos más sensibles es la posible modificación de las reglas fiscales. Cuba señaló que se evalúa elevar el límite de deuda pública del 30 % al 32 % del PBI y llevar el déficit fiscal terminal del 1 % al 1,2 %, además de revisar el techo de gasto. El propio ministro precisó que se trata de parámetros aún en evaluación.

Aunque las variaciones parecen pequeñas, deben observarse con cautela. Las reglas fiscales no importan solo por sus cifras, sino por la señal institucional que transmiten. Existen razones para admitir flexibilidad ante contingencias como El Niño, obligaciones heredadas o gastos no contemplados inicialmente. Pero la excepcionalidad no debería convertirse en una nueva normalidad. Cualquier modificación tendría que acompañarse de un diagnóstico de las obligaciones existentes, una separación entre gastos temporales y permanentes y una senda verificable de convergencia fiscal.

En ese contexto, resulta pertinente revisar las normas aprobadas por el Congreso anterior con fuerte impacto presupuestario. Cuba anunció que cuatro leyes podrían ser llevadas ante el Tribunal Constitucional. La revisión puede ser necesaria, pero debería realizarse con criterios técnicos y jurídicos transparentes: cuánto cuesta cada norma, cómo afecta las cuentas públicas y cuál es el fundamento constitucional de su cuestionamiento. De lo contrario, el debate podría degenerar en una confrontación política entre poderes.

Petroperú constituye otra prueba importante. El ministro anunció un nuevo directorio orientado a recuperar participación de mercado, mejorar el manejo financiero y devolver a la empresa una generación positiva de caja. El cambio puede ser un primer paso, pero no equivale todavía a una reestructuración. Se requiere conocer con precisión su flujo de caja, deuda, vencimientos, rentabilidad por unidad de negocio y capacidad para operar sin nuevas transferencias del Tesoro.

Cuba descartó que la privatización sea el objetivo inmediato. Sin embargo, la cuestión central no debería reducirse a elegir entre propiedad estatal o privada, sino a determinar qué actividades puede sostener Petroperú de manera eficiente y bajo qué modelo de gestión. Una empresa pública no puede trasladar indefinidamente sus pérdidas a los contribuyentes.

El aumento anunciado de la remuneración mínima vital de S/1.130 a S/1.300 también exige prudencia. Cuba explicó que se aplicaría en dos etapas. Mejorar los ingresos laborales es un propósito legítimo, pero un incremento cercano al 15 % puede tener efectos distintos según el tamaño de la empresa, el sector y la región. Una compañía grande podría absorberlo; una microempresa de baja productividad podría reducir contrataciones, evitar la formalización o trasladarse hacia la informalidad.

La gradualidad disminuye el impacto inmediato, pero no elimina el costo acumulado. La actualización de la remuneración mínima debería apoyarse en criterios previsibles de inflación, productividad y condiciones del mercado laboral. Los eventuales apoyos a pequeñas empresas tendrían que ser focalizados y temporales para evitar subsidiar empleos ya existentes sin generar nueva formalización.

Algo similar ocurre con otras medidas anunciadas. Trasladar determinados feriados a los viernes puede reducir interrupciones y favorecer el turismo interno, pero su efecto sobre la productividad agregada será probablemente limitado. La reactivación del Fondo de Estabilización de Combustibles puede amortiguar choques internacionales, pero tampoco carece de riesgos fiscales: existen desfases de caja, costos financieros e incertidumbre sobre la evolución futura de los precios. Un mecanismo de este tipo requiere reglas automáticas, topes y transparencia.

Más relevante es el reconocimiento de que la informalidad no se resolverá únicamente mediante fiscalización. Una empresa permanecerá informal mientras perciba que los costos tributarios, laborales y regulatorios superan los beneficios de formalizarse. Simplificar trámites, facilitar el cumplimiento tributario, mejorar la seguridad social y revisar regímenes especiales debería formar parte de una estrategia más amplia.

En esa línea, las cuatro comisiones anunciadas sobre informalidad laboral, mercados financieros, inversión pública y evasión tributaria apuntan hacia problemas estructurales. El desafío será que no terminen convertidas en nuevas instancias de diagnóstico. El Perú no carece de estudios; carece con frecuencia de capacidad para convertirlos en reformas ejecutables.

La meta de reducir la pobreza monetaria del 25,7 % registrado en 2025 a aproximadamente 15 % al término del quinquenio es particularmente ambiciosa. Alcanzarla exigirá mucho más que crecimiento moderado. Se necesitarán inversión sostenida, empleo formal, productividad rural, mejores servicios de educación y salud, infraestructura y capacidad para enfrentar choques climáticos. Cuba acierta al colocar el empleo como principal mecanismo para superar la pobreza, pero importa tanto su cantidad como su calidad.

La prevención frente a El Niño será, por ello, otra prueba decisiva. El desempeño no debería medirse por los recursos anunciados, sino por obras concluidas, infraestructura protegida y poblaciones cuya exposición al riesgo haya disminuido antes de que ocurra la emergencia.

El contexto político añade una dificultad adicional. Un Congreso bicameral sin control homogéneo del oficialismo obligará a negociar reformas fiscales, laborales y tributarias. Esto puede ralentizar algunas decisiones, pero también puede obligar al Ejecutivo a transparentar costos, sustentar mejor sus propuestas y construir acuerdos más duraderos.

Los anuncios de Cuba ofrecen, en suma, una orientación económica técnicamente reconocible y abordan problemas que el Perú no puede seguir postergando. El Gobierno deberá evitar dos riesgos: que la inclusión social se convierta en una excusa para debilitar la disciplina fiscal y que la prudencia macroeconómica sirva para postergar las reformas.

La verdadera prueba estará en la ejecución. Un marco fiscal creíble, un plan verificable para Petroperú, políticas concretas de formalización, prevención efectiva frente a El Niño y metas anuales de empleo, inversión, productividad y pobreza permitirán saber si estamos ante una agenda económica seria o solo ante una formulación atractiva. Porque la diferencia entre una promesa y una política pública no está en el discurso, sino en la existencia de responsables, recursos, instituciones y resultados capaces de sostenerla.

domingo, 26 de julio de 2026

Bicameralidad, equilibrio político y responsabilidad nacional

Por Wens Silvestre

La elección de Miguel Torres, representante de Fuerza Popular, como presidente del Senado y titular del Congreso para el periodo 2026-2027, así como la elección de Oscar de Jesús Reto Otero, del Partido del Buen Gobierno, al frente de la Cámara de Diputados, expresa una realidad política que marcará el inicio del nuevo periodo gubernamental: el poder parlamentario estará distribuido entre fuerzas distintas y ninguna podrá imponer unilateralmente su agenda.

El resultado, especialmente ajustado en el Senado, no debe interpretarse únicamente como una victoria del oficialismo o de la oposición. Constituye, principalmente, una señal de fragmentación, equilibrio precario y necesidad de concertación. La nueva bicameralidad peruana iniciará su funcionamiento bajo una correlación política que puede convertirse tanto en una oportunidad para mejorar la calidad de las decisiones públicas como en una fuente permanente de bloqueo e inestabilidad. 

El primer escenario posible es el de la cooperación democrática. En este supuesto, la Presidencia del Senado y la Presidencia de la Cámara de Diputados reconocen que sus responsabilidades trascienden los intereses partidarios. Ambas cámaras podrían establecer mecanismos de coordinación, definir prioridades legislativas comunes y garantizar que la revisión senatorial contribuya a mejorar las leyes aprobadas por los diputados. Esta sería la expresión más saludable de la bicameralidad: una Cámara de Diputados cercana a las demandas políticas y territoriales de la ciudadanía, y un Senado orientado a la reflexión, revisión y corrección técnica de las decisiones legislativas.

Este escenario exige madurez política. El diálogo no significa renunciar a las diferencias ni eliminar la fiscalización. Significa reconocer que existen materias que no pueden ser tratadas como patrimonio de una bancada, de un gobierno o de una coalición electoral. La seguridad ciudadana, la lucha contra el crimen organizado, la generación de empleo, la reducción de la pobreza, la calidad de la educación, el acceso a la salud, la descentralización, la protección ambiental, la prevención de desastres y la reactivación económica son asuntos nacionales. Sobre ellos debe construirse una agenda mínima de entendimiento.

Un segundo escenario es el de la confrontación permanente. La Cámara de Diputados, conducida por una fuerza opositora, podría utilizar intensivamente sus atribuciones de control político para interpelar, censurar o investigar a ministros y funcionarios. A su vez, el Senado, con una conducción cercana al Gobierno, podría revisar, modificar o rechazar sistemáticamente las iniciativas provenientes de los diputados. En ese contexto, cada cámara actuaría no como parte de un mismo Poder Legislativo, sino como una trinchera política enfrentada a la otra.

Las consecuencias serían graves. Las reformas urgentes se postergarían, la producción legislativa perdería eficacia y la ciudadanía percibiría que la bicameralidad solo ha duplicado los espacios de conflicto. El Congreso podría quedar atrapado en una sucesión de acusaciones, censuras, investigaciones y respuestas defensivas, mientras los problemas reales del país permanecen sin solución. La confrontación podría incluso trasladarse a la relación entre el Ejecutivo y la Cámara de Diputados, elevando el riesgo de una crisis de gobernabilidad.

Un tercer escenario es el de la negociación particularista. En lugar de acuerdos públicos sobre políticas nacionales, podrían desarrollarse negociaciones fragmentadas para distribuir presidencias de comisiones, cargos, presupuestos, nombramientos o beneficios territoriales. Este tipo de transacción puede producir una estabilidad aparente, pero debilita la legitimidad institucional y alimenta la percepción de que la política sirve para atender intereses de grupo.

El peligro no radica en negociar. La política democrática requiere negociación. El problema surge cuando los acuerdos se realizan sin transparencia, sin criterios técnicos y sin una orientación hacia el bien común. La concertación legítima debe permitir construir soluciones nacionales; el reparto particularista convierte las decisiones públicas en instrumentos de intercambio entre élites políticas.

También es posible un cuarto escenario: la fragmentación de las alianzas. Las coaliciones que permitieron elegir a las mesas directivas podrían no mantenerse unidas durante todo el periodo parlamentario. Las diferencias ideológicas, regionales y programáticas aparecerán con mayor claridad cuando se debatan reformas económicas, políticas sociales, cuestiones constitucionales, designaciones de altas autoridades o decisiones presupuestarias. En ese caso, los presidentes de ambas cámaras deberán actuar como articuladores y no únicamente como representantes de sus organizaciones políticas.

Miguel Torres enfrentará una responsabilidad especialmente delicada. Como presidente del Senado y del Congreso, deberá demostrar que puede diferenciar su pertenencia partidaria de su función institucional. Su papel no debe ser proteger al Gobierno frente al control parlamentario ni bloquear automáticamente las iniciativas de la oposición. Le corresponde garantizar el respeto a las minorías, promover una deliberación ordenada y preservar la autonomía de ambas cámaras.

Oscar Reto Otero, por su parte, tendrá el desafío de conducir una Cámara de Diputados con capacidad de control político, pero también con la obligación de legislar responsablemente. La oposición no debe confundirse con la obstrucción. Fiscalizar es exigir información, verificar responsabilidades y corregir decisiones públicas; no convertir cada discrepancia en una crisis ministerial. Una Cámara que abuse de la censura o de la investigación puede terminar debilitando su propia legitimidad.

El país necesita que ambas autoridades comprendan que el éxito del nuevo Congreso bicameral no será medido por la cantidad de leyes aprobadas, de ministros censurados o de adversarios derrotados. Será evaluado por su capacidad para ofrecer estabilidad, producir normas de calidad, controlar democráticamente al poder y responder a los problemas concretos de la población.

Por ello, resulta indispensable acordar una agenda nacional para el periodo 2026-2027. Esta agenda debería contener prioridades limitadas, verificables y acompañadas de plazos, responsables e indicadores. No se requiere un pacto que elimine la oposición ni una alianza que uniformice las posiciones políticas. Se necesita un compromiso básico que permita distinguir entre los asuntos legítimamente sometidos a competencia partidaria y aquellos que exigen respuestas de Estado.

La seguridad, el crecimiento económico, la lucha contra la corrupción, la educación, la salud, el cierre de brechas de infraestructura, la atención de las regiones, la adaptación al cambio climático y el fortalecimiento institucional no pueden depender exclusivamente de la agenda de un partido. Tampoco pueden ser utilizados como instrumentos de presión o propaganda.

La nueva bicameralidad tendrá sentido únicamente si mejora la representación, la deliberación y la calidad normativa. Si se convierte en una duplicación de burocracias, enfrentamientos y privilegios, la ciudadanía cuestionará rápidamente su utilidad. La responsabilidad de evitarlo recae tanto en el oficialismo como en la oposición.

El Perú no necesita un Senado al servicio del Gobierno ni una Cámara de Diputados dedicada a bloquearlo. Necesita un Congreso capaz de controlar sin destruir, legislar sin improvisar y negociar sin subordinar el interés general a conveniencias particulares.

La oportunidad histórica está abierta. La distribución del poder obliga al diálogo. Convertir esa obligación en una verdadera cultura de consenso será la principal prueba política del nuevo periodo parlamentario.


martes, 14 de julio de 2026

El Tribunal cerró la puerta cuando el gasto ya estaba dentro

Por Wens Silvestre

La rectificación tardía del artículo 79 y la factura fiscal que heredará el próximo gobierno

Durante varios años, el Congreso peruano encontró una manera aparentemente legal de prometer beneficios, crear obligaciones y ordenar nuevas prestaciones sin asumir la responsabilidad de explicar quién las pagaría. Bastaba con disponer que la medida se ejecutaría en los años siguientes, que se aplicaría “progresivamente”, que estaría sujeta a la disponibilidad presupuestal o que no demandaría recursos adicionales durante el ejercicio fiscal vigente. La obligación quedaba creada; la factura, en cambio, se enviaba al futuro.

Esa práctica no surgió solamente de la creatividad legislativa. Fue posibilitada por una interpretación del Tribunal Constitucional que redujo la prohibición del artículo 79 de la Constitución al presupuesto del año en curso. Según esa lectura, el congresista no podía crear un desembolso inmediatamente imputable al presupuesto vigente, pero sí podía aprobar una ley que se convirtiera en fuente jurídica de obligaciones estatales para que el Poder Ejecutivo incorporara posteriormente las partidas necesarias. La diferencia entre “gasto público actual” y “obligación futura” terminó convirtiéndose en una ventana constitucional por la que ingresaron compromisos permanentes, muchas veces sin financiamiento, evaluación técnica ni jerarquización de prioridades.

La Sentencia 158/2026, recaída en el Expediente 00018-2023-PI/TC, ha decidido finalmente cerrar esa ventana. El Tribunal se aparta expresamente de la posición adoptada en el Expediente 00018-2021-PI/TC y establece que los congresistas no tienen iniciativa para incrementar gastos que afecten el presupuesto anual ni aquellos que impacten en el futuro. Es un cambio jurisprudencial explícito, calificado por el propio Tribunal como overruling.

La corrección es jurídicamente necesaria. Pero llega cuando la caja fiscal ya está llena de pagarés políticos. 

La Constitución no prohibía solamente gastar este año

El artículo 79 es categórico: los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo respecto de su propio presupuesto. Su texto no dice “durante el año fiscal vigente”, “con cargo al presupuesto actual” ni “si el desembolso es inmediato”. Esa limitación temporal fue introducida por la interpretación jurisprudencial, no por la Constitución.

Además, el artículo 79 no puede leerse como una isla. Forma parte de una Constitución presupuestaria en la que el artículo 77 dispone que la administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto anual y que los recursos deben asignarse equitativamente, atendiendo criterios de eficiencia y necesidades sociales básicas. El artículo 78 exige que el proyecto presupuestal esté efectivamente equilibrado. Y el artículo 118, inciso 17, atribuye al presidente de la República la administración de la hacienda pública.

Leídos sistemáticamente, estos artículos distribuyen responsabilidades. El Congreso delibera, representa, fiscaliza y aprueba el presupuesto, pero el Ejecutivo formula la política fiscal, administra el tesoro, proyecta ingresos, programa gastos y responde por el equilibrio financiero. Permitir que ciento treinta congresistas creen unilateralmente obligaciones futuras equivale a fragmentar la conducción fiscal entre múltiples centros de decisión que pueden prometer beneficios sin cargar directamente con el costo político de financiarlos.

El problema, por tanto, nunca fue únicamente contable. Fue también un problema de separación de poderes y de responsabilidad democrática. Quien aprueba un derecho económico permanente debe explicar qué ingreso permanente lo financiará, qué gasto será desplazado y qué efectos producirá sobre las siguientes generaciones. Prometer sin financiar no constituye necesariamente generosidad social: con frecuencia es una forma de trasladar el costo de la popularidad presente al contribuyente futuro.

La doctrina de la obligación futura

La anterior jurisprudencia sostuvo que una ley de iniciativa congresal no vulneraba el artículo 79 mientras no produjera un gasto inmediatamente imputable a la Ley de Presupuesto vigente. También admitió que la ley podía constituirse en fuente jurídica de obligaciones que el Ejecutivo tendría que presupuestar posteriormente. Esa doctrina apareció en diversos pronunciamientos sobre negociación colectiva, salud pública, incorporación de personal y otras materias.

En términos formales, el Congreso no abría la caja fiscal durante el año corriente. En términos materiales, dejaba al Ejecutivo tres alternativas para los años siguientes: aumentar los ingresos, endeudarse o reducir otras partidas. La ley podía no ejecutar el gasto hoy, pero restringía la libertad presupuestaria de mañana.

La distinción era especialmente problemática porque las obligaciones permanentes no desaparecen al terminar un ejercicio fiscal. Remuneraciones, pensiones, bonificaciones, incorporaciones laborales, transferencias automáticas y beneficios tributarios condicionan todos los presupuestos posteriores. Una ley que crea una pensión vitalicia puede no alterar el presupuesto del día de su promulgación, pero compromete recursos durante décadas. Sostener que no existe iniciativa de gasto porque el primer pago se producirá después equivale a confundir la fecha de vencimiento de la factura con el momento en que se contrajo la obligación.

El nuevo Tribunal reconoce esa insuficiencia. Su sentencia señala que la sostenibilidad financiera no puede reducirse al impacto sobre el presupuesto vigente, sino que debe abarcar la planificación multianual. De este modo, recupera una idea elemental: el equilibrio presupuestario no consiste únicamente en hacer cuadrar las cuentas de diciembre, sino en preservar la capacidad del Estado para cumplir sus obligaciones de manera continua.

Doscientas cincuenta y ocho leyes después

La magnitud del problema ya no permite tratarlo como una controversia académica. En su pronunciamiento de julio de 2026, el Consejo Fiscal identificó 258 leyes aprobadas entre 2021 y 2026 que incrementan el gasto público. Considerando solamente 48 leyes aprobadas desde septiembre de 2025, calculó un costo fiscal permanente de S/23.300 millones anuales, equivalente al 1,9 % del producto bruto interno. Otras tres leyes representarían un costo acumulado de S/82.300 millones.

El deterioro venía siendo advertido. En octubre de 2025, el Consejo Fiscal había contabilizado 229 leyes con impacto fiscal adverso, entre ellas normas que aumentaban el gasto, reducían ingresos o introducían rigideces en las finanzas públicas. Ciento una habían sido promulgadas por insistencia del Congreso y su costo anual conjunto superaba los S/36.000 millones.

En marzo de 2026, el mismo organismo estimó que las medidas aprobadas durante las primeras sesiones legislativas del año generaban por sí solas al menos S/11.400 millones de gasto permanente anual. Esa suma equivalía a varias veces el presupuesto de programas como Pensión 65, becas educativas, alimentación escolar o lucha contra la desnutrición infantil. El Consejo Fiscal no cuestionaba que pudieran existir necesidades legítimas detrás de esas leyes; advertía que cada sol asignado sin evaluación ni financiamiento tiene un costo de oportunidad sobre otras necesidades igualmente legítimas.

La caja pública no es infinita y tampoco se renueva por mandato legislativo. En 2025, el déficit fiscal fue de 2,2 % del PBI, mientras que las reglas fiscales fueron incumplidas sucesivamente en 2023, 2024 y 2025. Al cierre de 2025, los activos financieros del sector público no financiero se encontraban en un mínimo histórico de 7,4 % del PBI; apenas alrededor de 2,5 % correspondía a recursos disponibles para el Tesoro, incluyendo el Fondo de Estabilización Fiscal. El Estado, por tanto, enfrenta mayores compromisos con menores colchones para responder a una crisis.

Los ejercicios prospectivos son todavía más preocupantes. El Consejo Fiscal calculó en 2025 que la implementación de 21 leyes cuyo impacto había podido cuantificarse elevaría el déficit promedio a 3,2 % del PBI entre 2026 y 2036 y llevaría la deuda pública aproximadamente al 47 % del PBI en 2036. Si además se aprobaran 53 iniciativas entonces en trámite, el déficit promedio alcanzaría 5,8 % del PBI y la deuda podría llegar a 69,8 % del PBI en 2036. Incluso bajo escenarios alternativos más favorables, la trayectoria de la deuda continuaba siendo ascendente.

Estas cifras no constituyen una predicción inevitable. Son escenarios condicionados a la implementación de las medidas analizadas y a determinados supuestos macroeconómicos. Sin embargo, muestran la dirección del riesgo: la acumulación de obligaciones permanentes sin ingresos permanentes vuelve incompatible el gasto legalmente prometido con la estabilidad fiscal.

La responsabilidad no pertenece únicamente al Congreso

Sería cómodo atribuir todo el daño al Parlamento. También sería incompleto.

El Congreso tiene la responsabilidad principal por haber convertido la legislación en un mecanismo de distribución de beneficios sin evaluación rigurosa de su financiamiento. En numerosos casos ignoró las observaciones técnicas, aprobó normas por insistencia y utilizó fórmulas como “sin demandar recursos adicionales” o “con cargo al presupuesto institucional” para ocultar que una obligación real no deja de costar por el simple hecho de negar su costo en una disposición legal.

Pero el Poder Ejecutivo tampoco puede presentarse como un espectador impotente. El Consejo Fiscal reveló que, pese al elevado número de leyes que generaban gasto permanente, desde 2021 solo se habían presentado tres demandas de inconstitucionalidad hasta octubre de 2025. Muchas normas fueron promulgadas sin observación presidencial o no fueron impugnadas oportunamente ante el Tribunal Constitucional.

El Ejecutivo tenía el deber de observar las autógrafas, sustentar públicamente sus costos, acudir al control constitucional y transparentar su impacto en el Marco Macroeconómico Multianual y en los proyectos de presupuesto. Su pasividad, y en algunos casos su participación en la aprobación o promulgación de medidas fiscalmente costosas, debilitó su propia competencia para administrar la hacienda pública.

El Tribunal Constitucional también debe asumir su cuota de responsabilidad institucional. La interpretación que circunscribió la prohibición del artículo 79 al presupuesto vigente no fue una consecuencia inevitable del texto constitucional. Fue una construcción jurisprudencial que permitió separar artificialmente la creación de la obligación y su ejecución presupuestaria. La nueva sentencia corrige esa doctrina, pero la corrección no borra las consecuencias producidas mientras estuvo vigente.

Estamos, por ello, ante una responsabilidad compartida: un Congreso que prometió, un Ejecutivo que con frecuencia no observó ni demandó y un Tribunal que durante años proporcionó una interpretación favorable a las obligaciones diferidas.

Una rectificación que no limpia el pasado

La nueva sentencia establece como regla vinculante la preeminencia del Poder Ejecutivo en materia de iniciativa de gasto. También dispone que los proyectos congresales con impacto económico excepcionalmente admisibles deben coordinarse con el Ejecutivo, identificar expresamente una fuente de financiamiento —mediante nuevos ingresos o reasignaciones—, contar con un informe previo de sostenibilidad fiscal y programar progresivamente su ejecución con intervención del Ministerio de Economía y Finanzas.

No se trata, en consecuencia, de prohibir toda iniciativa parlamentaria relacionada con derechos sociales. El Tribunal admite un espacio excepcional, pero lo somete a responsabilidad financiera y cooperación entre poderes. Esta precisión es fundamental: la sostenibilidad fiscal no debe utilizarse como coartada para desconocer el contenido mínimo de los derechos fundamentales, pero los derechos tampoco pueden convertirse en una coartada para emitir cheques sin fondos.

El aspecto más delicado se encuentra en los efectos temporales del fallo. El Tribunal dispuso que los casos conocidos a partir de la publicación de la sentencia estarán sujetos a los nuevos criterios. No declaró inválidas en bloque las leyes aprobadas bajo la jurisprudencia anterior ni ordenó revisar automáticamente las 258 normas identificadas por el Consejo Fiscal.

Por ello, la rectificación es prospectiva, pero la deuda legislativa es retrospectiva. El nuevo criterio servirá para controlar futuras iniciativas y para resolver nuevas demandas, pero cada ley anterior seguirá produciendo efectos mientras no sea derogada, modificada, interpretada conforme a la Constitución o declarada inconstitucional.

La tarea urgente del próximo gobierno

El Consejo Fiscal ha recomendado expresamente que tanto la administración actual como la siguiente utilicen todas las herramientas institucionales disponibles, incluidas las acciones de inconstitucionalidad contra leyes que afecten la sostenibilidad fiscal y presenten indicios de inconstitucionalidad.

Sin embargo, no bastará con anunciar una ofensiva judicial indiscriminada. No todas las 258 leyes son necesariamente inconstitucionales por el solo hecho de generar gasto. Algunas pueden responder a mandatos constitucionales, contar con financiamiento suficiente o haber sido coordinadas con el Ejecutivo. Otras pueden presentar defectos subsanables. El próximo gobierno deberá realizar un inventario técnico y jurídico, cuantificar los costos efectivamente materializados, identificar las fuentes de financiamiento, determinar el grado de ejecución y priorizar las normas de mayor impacto y más evidente incompatibilidad constitucional.

La urgencia tiene un límite procesal. El Nuevo Código Procesal Constitucional establece que la demanda de inconstitucionalidad debe presentarse dentro de los seis años contados desde el día siguiente de la publicación de la norma. Esto significa que las leyes aprobadas desde 2021 comenzarán a alcanzar progresivamente su fecha de prescripción a partir de 2027. El próximo gobierno no dispondrá de todo el quinquenio para evaluar las primeras normas: deberá actuar desde sus primeros meses.

La estrategia debería combinar control constitucional, propuestas de derogación o modificación, mecanismos de implementación condicionada a disponibilidad financiera real y una reforma del procedimiento legislativo. Ningún dictamen que cree gasto debería llegar al Pleno sin estimación independiente de costos, fuente permanente de financiamiento, opinión fiscal del Ejecutivo y explicación pública del gasto que será desplazado.

También será indispensable transparentar todas las obligaciones en el Marco Macroeconómico Multianual. El Consejo Fiscal ha advertido que las proyecciones oficiales no incorporan de manera clara y completa los compromisos derivados de diversas leyes aprobadas. Ocultar una obligación fuera del presupuesto no la hace desaparecer; solamente posterga el momento en que el desequilibrio se vuelve visible.

Los derechos sociales también necesitan una caja sostenible

Defender la disciplina fiscal no significa defender un Estado indiferente. Significa impedir que los derechos sean degradados a promesas que ningún gobierno podrá cumplir. Una política social sin financiamiento permanente puede producir expectativas legítimas, litigios, obligaciones devengadas y frustración ciudadana, pero no necesariamente servicios públicos sostenibles.

El verdadero conflicto no es entre responsabilidad fiscal y justicia social. Es entre una justicia social financiable, universal y duradera, y una distribución fragmentada de beneficios que favorece a grupos con capacidad de presión mientras desplaza silenciosamente a quienes dependen de programas menos visibles.

Cada sol comprometido en una ley sin financiamiento será pagado mediante mayores impuestos, menor inversión pública, reducción de otros servicios, utilización de ahorros fiscales o incremento de la deuda. La ley puede decidir quién recibe el beneficio, pero no puede abolir el costo.

La Sentencia 158/2026 devuelve al artículo 79 el alcance que nunca debió perder: el Congreso no puede crear gasto presente ni futuro al margen de la conducción fiscal del Ejecutivo. Pero la sentencia llega cuando cientos de normas ya han convertido la excepción en sistema.

El Tribunal ha cerrado finalmente la puerta. El problema es que, mientras estuvo abierta, ingresaron obligaciones suficientes para hipotecar varios presupuestos futuros. Ahora corresponde al próximo gobierno decidir si administra resignadamente esa hipoteca o utiliza, antes de que prescriban los plazos, las herramientas constitucionales para impedir que la irresponsabilidad legislativa de un periodo se transforme en la austeridad forzada de toda una generación