miércoles, 10 de junio de 2009

¿Derogatoria o suspensión del decreto legislativo 1090?

Por: Wens Silvestre

La coyuntura política social en el Perú está en el ojo del mundo. Los sucesos acaecidos en Bagua, ciudad ubicada en el departamento de Amazonas, tuvo un alto costo social, y la difusión de lo sucedido en esa región, trascendió la frontera perjudicando no sólo la imagen del régimen democrático, sino principalmente la imagen de un país estable.

Se viene difundiendo comunicados de organismos no gubernamentales exhortando a las empresas que desarrollan proyectos de exploración y explotación de recursos energéticos, suspendan sus actividades en tanto el país resuelva la peor violencia de los últimos tiempos -"Éste es el Tiananmen del Amazonas", dijo el director de Survival, quien aseguró que “si termina de la misma manera, también terminará con la reputación internacional de Perú".

En tanto, el día de hoy, el Congreso viene discutiendo entre la derogatoria del Decreto Legislativo 1090 o la suspensión por 90 días del mismo.

No sé si ambas propuestas solucionarán el ánimo exaltado de los ciudadanos de la gran región amazónica. Pero, creo que se continúa repitiendo el mismo error cometido por el Poder Ejecutivo. Los parlamentarios de tres principales bancadas presentes en el debate parlamentario ya vienen con una consigna y me parece que no están escuchando las voces del Perú profundo. La sordidez parece ser una “característica” de los miembros de los partidos políticos representados en el Congreso y pretenden digitar los destinos de una nación milenaria desde Lima.

Es responsabilidad de los parlamentarios debatir el tema de fondo, determinen si es o no inconstitucional el Dec. Leg. 1090. La decisión tiene que ser contundente.

Hay que aprender a decidir en función de la nación, en forma concertada e inclusiva, no podemos seguir pisoteando la Constitución so pretexto de promocionar la inversión privada violentándola. Legislar para promocionar la inversión privada me parece bien, pero con respeto a los ciudadanos, a la Constitución y normas internacionales. Y más aún cuando se trata de los ciudadanos que viven en armonía con la naturaleza, aquellos que se alimentan, viste y se protegen con recursos proporcionados por los bosques.

Independientemente de si el Decreto Legislativo 1090 contiene algunos artículos que se digitó en sujeción a los artículos 1º y 2.2 de la Ley Nº 29157, se violentó la Constitución Política del Perú, en el artículo 101º y 104º, en cuanto se legisló en materias prohibidas de ser legisladas por virtud de otorgamiento de facultades legislativas delegadas.

El Decreto Legislativo Nº 1090 contraviene el artículo 66º de la Constitución al regular la materia de recursos naturales, que está exclusivamente reservada a Ley orgánica.

En ese sentido, es necesario derogar el Dec. Leg. 1090 y modificatorias y propongo, restituir la vigencia de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus normas modificatorias.

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