viernes, 24 de abril de 2009

Urge marco legal de promoción de la inversión privada en las regiones alto andinas

Por: Wens Silvestre
A inicios de la gestión del Sr. Alan García, fue remitido al Congreso de la República, un proyecto de Ley que planteaba establecer beneficios tributarios a las empresas industriales que se establezcan en zonas alto andinas ubicas sobre los 3,200 metros sobre el nivel del mar. Proyecto que fue dictaminado por la Comisión de Producción y PYMES, faltando el dictamen de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera. Han transcurrido casi tres años de la iniciativa del Ejecutivo y el Congreso aún no le da luz verde. Bajo ese antecedente planteo una segunda opción, cuyo objetivo es iniciar un proceso de promoción de la inversión privada en tres departamentos claves: Apurimac, Ayacucho y Huancavelica.
FUNDAMENTOS
La décima política de Estado del Acuerdo Nacional, sobre Reducción de la pobreza, compromete al Estado a dar prioridad efectiva a la lucha contra la pobreza y a la reducción de la desigualdad social aplicando políticas integrales y mecanismos orientados a garantizar la igualdad de oportunidades económicas, sociales y políticas. En tal sentido, el Estado se compromete a privilegiar la asistencia a los grupos en extrema pobreza, excluidos y vulnerables, partiendo de un enfoque humano sustentable y en forma descentralizada.

Los departamentos altoandinos de Apurimac, Ayacucho y Huancavelica, son las regiones que contribuyeron significativamente al desarrollo del país, a través de los recursos naturales como los mineros, extraídos desde la época colonial. También, aportaron con sus recursos hídricos e hidroenergéticos y el abastecimiento con productos agropecuarios en el último siglo. No obstante haber contribuido con el desarrollo económico del país, estas regiones son las más pobres, sus distritos y provincias tienen los mayores índices de pobreza extrema, analfabetismo, desnutrición y desatención manifiesta; estos problemas sociales que deben ser revertirse urgentemente por todos los que formamos parte del Estado Peruano.

En ese sentido, las regiones andinas señaladas, requieren complementar la atención directa que brinda el Estado a través incentivos que haga posible el establecimiento de la inversión privada en dichas regiones, cuyo objetivo es contribuir en el camino de desarrollo económico y social, generando mayores recursos económicos, financieros y humanos. Siendo estas regiones vulnerables, es prioritario establecer políticas de promoción del desarrollo de largo plazo que involucre directamente al sector privado, cuyo fruto se manifieste en la mejora de la calidad de vida de los pueblos Altoandinos.

El Estado, durante la última década, ha determinado zonas especiales de desarrollo a lo largo de la Costa peruana y la Amazonía, mediante los Decretos Legislativos Nºs 842, 864 y 865, modificados por la Ley Nº 26831 aprobado por Decreto Supremo Nº 112-97-EF y la Ley de Promoción de la Amazonía Ley Nº 27037. En esa línea declararon de interés prioritario el desarrollo, mediante la promoción de la inversión privada en infraestructura de la actividad productiva y de servicios y crean centros de exportación, transformación, industria, comercialización y servicios (CETICOS) con la finalidad de generar empleo, eliminar trabas a la inversión, con énfasis en el incremento de las exportaciones, así como promover la inversión privada a través de la creación de Zonas de Desarrollo.

Las regiones ubicadas en la sierra peruana no han sido beneficiadas con ningún tipo de tratamiento especial por el Estado, a pesar de su situación de pobreza y extrema pobreza que está sumido la población.

Es prioritario que Estado vire su política de promoción a las regiones alto andinas más pobres del
Estado como son Apurimac, Ayacucho y Huancavelica.

LA PROPUESTA

Las empresas que se establezcan y transformen, procesen, brinden servicios o generen valor agregado en las Regiones de Apurimac, Ayacucho o Huancavelica, cuyas operaciones anuales correspondan en no menos del 30% a la exportación de los bienes que producen, estarán exoneradas hasta el 31 de diciembre del año 2050 del Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal, Impuesto Selectivo al Consumo, así como de todo impuesto, tasa, aportación o contribución, al gobierno nacional, incluso de aquellas que requieren de norma exoneratoria expresa.

No hay comentarios.: