miércoles, 18 de junio de 2008

Impuesto a las Ganancias Extraordinarias de la Minería (IGE)

Por: Wens Silvestre(*)
Una mirada objetiva a las ganancias extraordinarias que vienen obteniendo las empresas mineras, cuyo contenido servirá para un proyecto de Ley que se viene gestando en un grupo de parlamentarios de diversas tendencias políticas, que consideran de interés nacional la creación del Impuesto a las Ganancias Extraordinarias (IGE) de la minería.
Hace más de un quinquenio los sectores dedicados a la explotación de nuestros recursos naturales –petróleo y minerales- vienen registrados niveles excepcionales de ingresos como resultado del considerable incremento experimentado por las cotizaciones internacionales de dichos productos.
Sí bien el incremento extraordinario de los ingresos y las utilidades de las empresas se ha reflejado en el aumento de la captación del Estado por concepto del Impuesto a la Renta y otros, tales como la Regalía Minera, la realidad es que esta ganancia excepcional esta siendo absorbida mayormente por las empresas dedicadas a explotar nuestros recursos naturales, los cuales son patrimonio de la Nación.
Esta situación injusta, donde el Estado se beneficia sólo marginalmente del auge de los precios de nuestros recursos naturales, tiene que ser encarada y rectificada, impulsando un nuevo régimen de explotación de nuestras riquezas, que garantice que los beneficios generados sean distribuidos equitativamente entre Estado, Sociedad y Empresa Privada.
"Es importante tener en cuenta que las sobreganancias vienen del alza de los precios de los minerales, es decir, son fenómenos exógenos donde nada tienen que ver los costos de las empresas. Por eso, pero sobre todo porque los recursos mineros son de la Nación, es justo que una parte de la sobreganancia beneficie a todos los peruanos, mejorando la recaudación para invertir en salud, educación, seguridad ciudadana, infraestructura y diversos programas del gobierno, como el Plan Sierra.
Aquí no tienen nada que ver, repetimos, nada que ver, los problemas del Estado para mejorar su capacidad de inversión. Eso es mezclar papas con camotes. Las empresas tienen que aportar más porque tienen sobreganancias con recursos de la Nación. Punto."
Es por ello, que la necesidad de un Impuesto a las Ganancias Extraordinarias (IGE) se impone, como una cuestión del mayor interés nacional.
"Una de las principales firmas de inversión de Canadá, como es BMO Nesbitt Burns consideró que no sería ningún problema el aplicar un impuesto a las sobreganancias que obtienen las empresas, teniendo en cuenta el despunte de los últimos meses en los precios de los metales, entre ellos el oro, el cobre y la plata".

Las ganancias extraordinarias en la minería

La minería esta disfrutando de un ciclo de considerable rentabilidad, gracias al incremento de las cotizaciones de los principales productos mineros en los mercados internacionales.

Un ejemplo es el caso del cobre, cuyo precio alcanzó en abril a los US$ 3.93 dólares por libra, marcando un récord histórico. Así su cotización actual prácticamente quintuplica el nivel de alcanzado pocos años atrás. Otro ejemplo es el caso del oro, cuyo precio alcanzó, en el mes de abril de 2008, a US$ 932 por onza, triplicando el precio que tenia en el año 2000.

Ante esta situación de enormes ganancias de las empresas mineras, que superan largamente los retornos previstos para sus inversiones, resulta justo y necesario que Estado y Sociedad participen de los beneficios extraordinarios generados.
La rentabilidad extraordinaria de las inversiones mineras
Otra forma de comprobar como la minería ha venido generando niveles de ganancia excepcional para las empresas y transnacionales que explotan nuestros recursos naturales, es mediante la comparación de la rentabilidad de las inversiones mineras en el Perú respecto a inversiones alternativas.
Para ello una referencia puede ser el rendimiento de los Bonos del Tesoro de los Estados Unidos, los cuales sirven como eje alrededor del cual se fijan las diversas tasas de interés internacionales y se comparan y sopesan los rendimientos de las inversiones al nivel internacional. Asimismo, debe señalarse que otra ventaja de estos Bonos es que están fijados a un plazo de 10 años, lo que podría considerarse como aproximadamente equivalente al plazo de maduración y eclosión de una inversión minera.
Actualmente, el rendimiento anualizado de los Bonos se encuentra en alrededor del 4%. Es decir, que alguien que invierta US$ 100 dólares en bonos del Tesoro podría, al cabo de un año esperar una ganancia del 4% sobre su inversión. Una forma de realizar la comparación –de forma genérica- es considerando el rendimiento que habría tenido la inversión de un monto similar en la minería Peruana.
En ese contexto, un referente para el sector es el rendimiento de las acciones mineras que se cotizan en la Bolsa de valores de Lima, cuya evolución refleja su grado de bonanza. Así, el nivel de capitalización bursátil de las acciones de estas empresas a lo largo de un año refleja la rentabilidad anual de estas inversiones.
En ese sentido, debe señalarse que la capitalización bursátil de todas empresas mineras listadas en la Bolsa de Lima en el año 2004 ascendió a unos US$ 5,000 millones de dólares, siendo que dicha capitalización se elevó hasta los US$ 6,800 millones al año 2005. Ello significa que para los tenedores de acciones de las empresas mineras, el valor neto de su inversión se incrementó en US$ 1,800 millones de dólares en el plazo de un año, lo que equivale a una tasa de rendimiento del 36% anual.
Incluso considerando posibles factores distorsionantes y atenuantes del rendimiento de las acciones mineras(especulación, ajustes contables y financieros, etc.) este valor del 36% es una adecuada variable proxy para entender hasta que punto la inversión en minería peruana resulta muy superior en rentabilidad respecto a los bonos del Tesoro Estadounidense (4% de rendimiento). Así, bajo las condiciones existentes durante el 2007, un inversionista en acciones de empresas mineras peruanas habría obtenido un rendimiento entre 15 a 50 veces superior a lo que habría obtenido por Bonos del Tesoro.
Otra forma complementaria para evaluar el rendimiento de las inversiones mineras es mediante la información financiera proporcionada por la CONASEV respecto a niveles de venta y de utilidades Así, revisando los niveles de rentabilidad sobre capital declarados por las principales empresas mineras durante el 2007, se evidencian las considerables ganancias que estas empresas están obteniendo:
Rendimiento de Capital y Ventas Netas
El examen de los estados financieros de estas empresas refleja niveles muy elevados de ganancias respecto a sus inversiones. Así por ejemplo, Cerro Verde, El Brocal y Southern obtuvieron durante el 2007 un nivel de rentabilidad superior al 600% de su Capital. De la misma forma, las demás empresas seleccionadas registraron niveles de rentabilidad sobre las ventas netas que superan el 60% y 70%.
La información presentada respecto a niveles de capitalización bursátil, rentabilidad sobre el capital y ventas, dejan en claro que la minería peruana esta pasando por un periodo de auge considerable, obteniendo márgenes de ganancias muy superiores a los promedios históricos. En este contexto, el derecho del Estado y la Nación a participar de los beneficios extraordinarios e inesperados se reafirma al considerar que esto no significa que las empresas mineras registren perdidas netas o que la inversión en la minería peruana pierda atractivo en comparación a otras inversiones, pues el nivel de ganancias del sector minero esta muchas veces por encima de la rentabilidad que podría esperarse por otras inversiones, como los Bonos del Tesoro Estadounidense.
Para darnos una idea sobre los sectores más rentables en los últimos 40 años, por ejemplo en Estados Unidos, es interesante constatar cuáles esos sectores. El artículo publicado en febrero de 2006, por la consultora norteamericana McKinsey Quarterly, concluye sobre un estudio con 7000 empresas de aquel país, calculando la rentabilidad del capital invertido de las mismas (ROIC o Return on Invested Capital), agrupándola en 20 sectores:
Mediana de los sectores más rentables:
De mayor a menor rentabilidad:
1. Farmacéutico y de biotecnología: 21%
2. Productos personales y del hogar: 18%
3. Software y servicios: 18%
4. Medios de comunicación y contenidos: 16%
Los sectores menos rentables
17. Energía: 8%
18. Transporte: 8%
19. Telecomunicaciones: 7%
20. Servicios públicos (utilities): 7%

Este indicador ROIC, nos servirá de base para desarrollar la propuesta de la necesidad de aplicar el impuesto a las sobreganancias mineras, en beneficio de la sociedad en general.
Justificación de un Impuesto a las Ganancias Extraordinarias (IGE)
Las empresas mineras actualmente vienen percibiendo ganancias extraordinarias -por encima de sus expectativas de ganancia normal- debido al enorme incremento de los precios internacionales para sus productos.
Esta sobreganancia resulta totalmente inesperada puesto que no estaba prevista en los cálculos de retornos de la inversión efectuada empresa, puesto que no se deben a que la empresa sea más eficiente, o más productiva, sino que se deben a un alza externa de los precios de minerales e hidrocarburos. Para esta coyuntura, surge el proyecto de un impuesto especial que grave estas ganancias extraordinarias, permitiendo que el Estado y la Sociedad se beneficien también.

RESULTADOS OBTENIDOS POR PRINCIPALES EMPRESAS MINERAS 2006 2007 (En miles de US$)

Notas al cuadro:

  • A excepción de algunas empresas mineras un 80% obtienen rendimientos superiores al 100% de su capital, es decir en un solo periodo recuperaron su capital invertido. Lo más increíble son las empresas que obtuvieron rendimientos de 74 veces y 106 veces su capital invertido sólo en 2 años.
  • La rentabilidad de la Compañía Minera Santa Luisa SA es un caso que debe ser evaluado por la SUNAT e Inteligencia Financiera por sus indicadores.
    (*) Las mineras Tintaya, The Doe Run y Antamina (*) no cotizan en la Bolsa, en ese sentido, no registran sus EE FF en la CONASEV-
    (*) Por eso, las cifras de Tintaya vienen del Reporte 2007 de la suiza XStrata (http://www.xstrata.com/), quienes en junio de 2006 se hicieron el 100% acciones de Tintaya. Para Antamina, las cifras son de la Memoria 2007 de la canadiense Teck-Cominco (http://www.teckcominco.com/), propietaria del 22.5% de Antamina. No hemos obtenido cifras para The Doe Run.
    (*) El cálculo del capital invertido por Antamina S.A. se obtuvo del boletín publicado en su página web http://www.antamina.com/
El Impuesto a las Ganancias Extraordinarias (IGE) no es un concepto nuevo o extraño. La idea de aplicar una tasa a un sector o industria especifico por ganancias inesperadas y excesivas ha sido puesta en práctica en muchos países en el pasado.
Así, como ejemplos relevantes de países que han aplicado impuestos a las sobreganancias pueden mencionarse los casos de Estados Unidos e Inglaterra:
Estados Unidos: se establecieron impuestos especiales a las sobreganancias durante la primera y segunda guerras mundiales, la guerra de Corea y durante la crisis del petrolero de los años 70 y 80.
Actualmente, se vienen evaluando diversas iniciativas para un impuesto especial a las sobreganancias de las empresas petroleras y las generadoras de electricidad.
También, se vienen discutiendo diversas propuestas para establecer un impuesto a las sobreganancias a las empresas beneficiadas con contratos del gobierno y del ejercito estadounidense por rubros relacionados con la guerra en Iraq
En los últimos días salieron publicaciones sobre la posición de los candidatos norteamericanos a la Casa Blanca sobre el impuesto a las sobreganancias petroleras y mineras, cuyas propuestas se resumen en el artículo en el diario La República:
  • "Ahora que Obama, Clinton y McCain han planteado un impuesto a las enormes sobreganancias de las empresas petroleras en EEUU ya no queda duda de que la demanda nada tiene que ver con "extremistas anti-sistema". Ese era el argumento de la derecha económica y política, así como de la cúpula del partido aprista (después de las elecciones del 2006, porque durante la campaña sí plantearon el referido impuesto).
    El fundamento es muy claro: los precios del petróleo y de los minerales han subido tanto que es indispensable que el Estado capte un determinado porcentaje de la renta petrolera y minera, adicional al que se recauda por impuesto a la renta (IR) y regalías. Algunos dicen que eso no debe ser, porque con el aumento del IR y regalías, el Estado también recauda más y capta la sobreganancia..." (Humberto Campodónico "El Estado tiene derecho de participar de las sobreganancias" Columna -Diario La República, Sábado 14 de junio de 2008).

Inglaterra: el impuesto especial a las sobreganancias de las empresas estuvo en vigencia durante la primera y la segunda guerra mundial, con tasas que variaron entre el 40 y el 80%.
En los años 90 se estableció un impuesto a las empresas de servicios públicos que habían sido privatizadas, gravando las sobreganancias generadas por su venta subvaluada.
La conveniencia de un Impuesto a las Ganancias Extraordinarias
Considerando que los recursos naturales, por la Constitución, son patrimonio de toda la nación, resulta justo que el país capte parte de los beneficios generados por la explotación de sus recursos naturales no renovables, para compensar por la perdida de tales recursos y para poder financiar proyectos de desarrollo económico y social.
Por ello, resulta razonable que en situaciones en que las compañías obtienen beneficios extraordinarios por un incremento en la cotización de minerales, el Estado, pueda a su vez, captar la parte que le corresponde por dichos beneficios extraordinarios, mediante un impuesto especial.
Dado que estos ingresos extraordinarios no son previstos ni planificados, resultan un plus financiero del cual no dependen las empresas para ser viables, por lo que el Estado puede captar la parte que le corresponde de dichos beneficios extraordinarios, sin que ello haga inviable a la empresa minera o petrolera.
FÓRMULA PROPUESTA
IGE= ((UaPIR –(K*a ))*b Condición: Si y sólo si UaPIR / K >0,5
Donde:
IGE = Impuesto a las Ganancias Extraordinarias
UaIRP= Utilidades antes de Participaciones e Impuesto a la Renta
K =Capital invertido por la empresa
a = Factor de rentabilidad=0,5
b = Factor aplicable como tasa del Impuesto a las Ganancias Extraordinarias = 20%

ANALISIS COSTO BENEFICIO
La aplicación de este impuesto especial permitirá incrementar de manera significativa los ingresos que la Nación percibe por la explotación de sus recursos naturales, lo que se traducirá en un beneficio neto para las regiones del Perú, los cuales dispondrán de mayores recursos para desarrollar sus proyectos de inversión productiva y social.
Una idea aproximada de lo que podría captarse mediante la aplicación de este impuesto lo da la fórmula propuesta en el presente proyecto, cuya característica medular se encuentra en la aplicación de la tasa sobre la base imponible que a su vez está en función al rendimiento de capital, es decir a mayor inversión en capital, menor base imponible para el pago de impuesto a las ganancias extraordinarias, con lo que las empresas tendrán la necesidad de incrementar sus capitales en nuevos procesos de producción, si desean reducir su aporte al fisco. Además induce a las empresas a mejorar sus resultados en función a eficiencia y presenten cifras razonables en sus EE.FF.
Según informe de la Sociedad Nacional de Minería, las empresas mineras aportaron S/. 10,000’ millones (US$ 3,498’ millones) en Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio económico 2007. Estas empresas durante el año 2006 aportaron por el mismo tributo S/. 8,509’ millones.
Con la aplicación del Impuesto a las Ganancias Extraordinarias mineras, se agregaría recursos adicionales para el erario nacional hasta en US$ 2,000’ millones (S/. 5,600’ millones de Nuevos Soles). Recursos que servirán a las regiones más rezagadas del país, focalizado en proyectos de inversión social e infraestructura productiva
.
Cabe precisar que para los casos de las empresas mineras Tintaya y Antamina las cifras de pago de Impuesto a la Renta son aproximadas en vista de no publicar sus estados financieros como lo hacen las demás empresas mineras en la página web de la CONASEV.

CÁLCULO DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS EXTRAORDINARIAS (IGE EN MILES DE US$)

Nota al cuadro: Idem.

(*) Economista- Consultor IANKA

Todos los derechos reservados por el autor.

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