Por: Wens Silvestre
La
reciente aprobación, por mayoría, del dictamen en la Comisión de Presupuesto
del Congreso, referido al Proyecto de Ley 11923/2024-PE, suscita profundas
preocupaciones desde las perspectivas constitucional, parlamentaria y fiscal.
Este dictamen no solo contiene disposiciones no contempladas en el proyecto de
ley originalmente presentado por el Poder Ejecutivo, sino que además plantea
serios cuestionamientos en torno a su oportunidad y al respeto de los
procedimientos parlamentarios establecidos.
En
primer lugar, es necesario subrayar la particularidad en los tiempos de
presentación del proyecto. El Poder Ejecutivo remitió el proyecto el pasado 15
de julio, un mes después de la conclusión del periodo legislativo regular
2024-2025, que terminó el 15 de junio. Esta tardía presentación parecería
orientada a lograr la aprobación exclusiva por parte de la Comisión Permanente,
evitando así un debate amplio, transparente y democrático en el Pleno del
Congreso, práctica que resulta altamente cuestionable desde el punto de vista
institucional y democrático.
Pero
lo más grave es la forma en que se aprobó: la Comisión de Presupuesto convocó a
una sesión extraordinaria el día 16 de julio —es decir, apenas un día después
de recibida la propuesta del Ejecutivo— y aprobó el dictamen en mayoría con
escaso o nulo debate sobre el nuevo contenido agregado. En términos técnicos,
este procedimiento impide que se ejerzan adecuadamente las funciones
deliberativas, de control político y de representación parlamentaria, dejando a
la ciudadanía sin la posibilidad de conocer, debatir o cuestionar normas que
afectan de forma directa la estructura institucional del Estado y los recursos
públicos.
Además,
el dictamen introduce modificaciones sustanciales a leyes existentes, entre
ellas la Ley Universitaria y la Ley que crea la Autoridad Nacional de
Infraestructura (ANIN), alterando funciones, reglas de nombramiento y
condiciones institucionales que deberían ser debatidas en comisiones
especializadas y a través de proyectos independientes, no en una ley
presupuestaria.
En
cuanto a la Ley Universitaria, la inclusión de una disposición que reinicia el
cómputo del período del Consejo Directivo y del Superintendente de la SUNEDU
favorece de forma directa y específica a sus actuales integrantes,
desconociendo el tiempo ya cumplido en el ejercicio de sus cargos. Esta
situación podría vulnerar principios fundamentales como la no retroactividad de
las normas y la estabilidad jurídica, generando incertidumbre sobre la
autonomía universitaria y el adecuado gobierno del sistema educativo superior.
Respecto
a la Ley ANIN, el dictamen plantea cambios fundamentales en la naturaleza
institucional y operacional de esta entidad. Se eliminan criterios objetivos
para la selección e inclusión de proyectos estratégicos de infraestructura, así
como requisitos claros en la designación y permanencia del jefe institucional.
Estas modificaciones implican una clara expansión de la discrecionalidad
política y administrativa, poniendo en riesgo la transparencia, la eficiencia y
la autonomía técnica de la ANIN, con serias consecuencias en la planificación y
ejecución eficiente de la infraestructura pública nacional.
Desde
la perspectiva fiscal, resulta alarmante que se introduzcan compromisos
permanentes de gasto —como incrementos salariales o beneficios laborales— sin
un análisis riguroso de sostenibilidad fiscal. En un contexto de debilidad
económica y recaudación limitada, esta práctica evidencia la continuidad de una
política fiscal improvisada y populista que compromete seriamente la
estabilidad macroeconómica del país.
En
definitiva, la aprobación de este dictamen refleja una preocupante combinación
de irresponsabilidad fiscal, vulneración de principios constitucionales y una
deficiente técnica legislativa. Corresponde al Congreso -y en particular a los
integrantes de la Comisión Permanente- actuar con responsabilidad y rectificar
estas decisiones, garantizando que todas las iniciativas presupuestarias sean
debatidas de manera abierta, transparente y con la profundidad técnica que el
país exige.
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