jueves, 10 de mayo de 2018

Parlamento unicameral o bicameral


Por: Wens Silvestre

A propósito de una pregunta en la materia de Derecho Parlamentario, relacionado al sistema parlamentario –monocameralismo o bicameralismo- y la organización que requiere para funcionar, y si éste tiene correlación o influyen en el buen cumplimiento o en la eficacia de la función parlamentaria. Al respecto, expongo resumidamente un punto de vista.

Antes de responder directamente a la interrogante planteada, a manera de referencia debo señalar unos datos interesantes obtenidos de un estudio realizado por Latinobarómetro[1] (2015). Las cifras estadísticas a nivel de Latinoamérica, en relación a la representación parlamentaria señala que solo el 23% de la población se siente representado por su Congreso, en tanto, el 70% consideró que no se encontraba representado. Lo interesante es que los países que estaban igual o por debajo del promedio señalado era independientemente de si se refería a un sistema parlamentario unicameral: Perú (8%), Costa Rica (17%) y Ecuador (23%) o Bicameral: Paraguay (14%), México (17%), Chile (19%) y Colombia (22%). Pero, también es necesario hacer notar que el parlamento que mejor representa a sus ciudadanos es Uruguay (bicameral) con 45%, seguido de Nicaragua (unicameral) con 36%.

Con dichas cifras podríamos inferir que en realidad no es tan relevante si un parlamento es unicameral o bicameral, sino importa cuánto representado se siente el ciudadano para sentir que pueden aprobar la labor del Congreso.

El Congreso, independientemente del sistema parlamentario (unicameral o bicameral) requiere una organización capaz de responder con eficacia en la materialización de sus funciones parlamentarias clásicas (legislativa, control político y de representación) y las otras funciones que viene asumiendo, para responder a las necesidades y aspiraciones de los ciudadanos. En ese contexto, una organización parlamentaria que coadyuve a fortalecer las labores legislativas, de representación política o de control parlamentario, requiere de unidades orgánicas que faciliten dichas funciones, previa identificación de los macroprocesos, procesos, actividades, etc., y a partir de dicha identificación se plantearía el diseño de una organización y funcionamiento apropiado para el Parlamento en atención a las necesidades y expectativas de la población y en el marco de la Constitución y las leyes.

Por ejemplo, en la función legislativa, se requiere mejorar la técnica legislativa dándole énfasis en la calidad de ley y su evaluación posterior con la finalidad de aprobar solo las leyes necesarias, y evitar fabricar leyes innecesarias o de nulo impacto a favor de la sociedad. Esto coadyuvaría a legitimar, al ser consultados previamente, dado que identificarán la importancia de dicha norma en el desarrollo económico o social, además de contribuir en fortalecer la gobernabilidad y la democracia.  Estas herramientas podrían ayudar a mejorar la eficacia y legitimidad del Parlamento.

Por otro lado, en cuanto al control parlamentario, como lo plantean en el documento del módulo, un viraje hacia la evaluación de políticas públicas, de la ejecución presupuestal, de la calidad del gasto público y del rol de reglamentar las leyes, coadyuvaría a que el control parlamentario no se perciba solo como un proceso sancionador, obstruccionista y de escasa utilidad, sino como un rol proactivo que permita mejorar las políticas públicas, la calidad de los gastos públicos, entre otros.

Finalmente, en relación a la función de representación, es necesario un mayor involucramiento de la ciudadanía en el rol del Parlamento. Ello implica el diseño de mecanismos efectivos de participación ciudadana, mejora de los procesos de rendición de cuentas de la labor parlamentaria y mayor transparencia de todos los procesos y actividades parlamentarias, aprovechando las tecnologías de información que día a día son más accesibles a la ciudadanía a través de aplicativos de los teléfonos inteligentes y otros medios masivos.



[1] Latinobarómetro –Informe 2005-2015. Disponible en: http://gobernanza.udg.mx/sites/default/files/INFORME_LB_2015.pdf visto 06/04/2018