Una visión crítica del sistema educativo actual. Un interesante documental que se los recomiendo ver.
Amor, Libertad, Paz y Bien. Love, Freedom, Peace and Goodness.
jueves, 13 de febrero de 2014
martes, 11 de febrero de 2014
Incremento de remuneraciones de los servidores civiles debió ser gradual y progresivo
Por: Wens Silvestre
Lo que ha ocurrido con la publicación del Decreto Supremo N° 023-2014-EF es simplemente la consecuencia de la comentada política de "inclusión social”, pero esta vez, los beneficiarios son los funcionarios de confianza y de libre remoción de la alta dirección de las entidades de la administración pública de los tres niveles de gobierno, empezando por los ministros que obtendrán remuneraciones (denominado “compensación económica”) el doble de lo que venían percibiendo actualmente. Aunque vale recordar que en la gestión actual un grupo de funcionarios públicos “técnicos” del Poder Ejecutivo ya venían percibiendo hasta 25 mil nuevos soles mensuales. Recordemos también que durante el gobierno del señor Alan García se determinó que el Presidente de la República ganaría S/. 16 mil nuevos soles y los ministros S/. 15.6 mil nuevos soles. Pareciera que el señor Alan García era más coherente y entendía mejor el significado de la inclusión social, considerando que la brecha entre un trabajador que percibía un sueldo mínimo legal no era tanto como lo será a partir de este mes.
La medida dispuesta por la actual gestión gubernamental es apresurada y relativamente desproporcionada por el cambio brusco, cuando debió ser gradual y progresivo, considerando que aún ni siquiera se publicó el Reglamento de la Ley del Servicio Civil.
El señor Ministro de Economía y Finanzas ha justificado su medida porque considera necesario mejorar la eficiencia del Estado. Pero, parece que no entendió que el Estado es una organización conformado por un gran número de servidores y no de unos cuantos. Sólo teniendo en consideración esa observación me atrevería a decir que es muy probable que su pretendido objetivo de tener un Estado eficiente, no se logrará, porque, reitero, de poco o nada sirve duplicar los sueldos a funcionarios de confianza de la alta dirección de las entidades del Estado, cuando sabemos que los operadores y los que realmente brindan el servicio directo al ciudadano están mal remunerados (compensados) y, son ellos realmente quienes mueven y cumplen con eficiencia o deficiencia con los objetivos y metas de una organización estatal ¿cuán efectiva será la medida adoptada que contribuya en el mejoramiento de la capacidad del Estado para lograr sus fines y objetivos manteniendo “congelado” (ceteris paribus) el resto de los medios o factores que suman al mejoramiento de la eficiencia de una mega-organización como es el Estado? Considero que no habrá mejoramiento ni cambios sustanciales en el corto plazo y, muy poco en el mediano plazo, porque mejorar la eficiencia en las organizaciones del Estado, implica una serie de factores internos y externos de carácter institucional, legal, administrativo, organizativo, etc. Es pertinente recordar que las reglas de juego impuesto por el Estado, muchas veces limitan el accionar de los servidores y la pretendida medida de atraer personal calificado será también limitado, considerando, además, que entender el funcionamiento del Estado y la peculiaridad de cada organización estatal, requiere de tiempo, y la dinámica es claramente distinta a las entidades privadas, donde la reglas la pone la propia organización para lograr su eficiencia. En ese sentido, era pertinente que primero se publicara el reglamento de la Ley del Servicio Civil y en ella, debió considerarse el proceso de incremento de remuneraciones (compensaciones económicas), priorizando a los sectores menos incluidos del aparato estatal: los servidores operativos (los profesores, médicos, enfermeras, auxiliares, científicos, todo el personal de los órganos de línea de una organización, que son la razón de ser del Estado) y luego seguir con los funcionarios de confianza y de libre remoción. ¿Qué servidor civil trabajará con optimismo en un ambiente donde la distancia remunerativa con su jefe es abismal? Por ahí, debió empezar el incremento de las remuneraciones de los servidores públicos de forma gradual y progresiva.
Finalmente, la curiosa comparación de las remuneraciones que perciben los ministros en países como Brasil y Chile, es una justificación sin mayor consideración, porque para empezar son realidades distintas y tamaños de economía mayor que la nuestra, situación del PBI per cápita mayor que la nuestra, nivel educativo mejor que nosotros, niveles de pobreza mucho más bajo que nosotros, etc. En todo caso, por qué no se comparó con lo que perciben los ministros de Colombia (el más cercano parecido al país), Ecuador, Uruguay, Argentina, Venezuela, etc. Claramente en estos últimos, las remuneraciones están aproximadamente en el nivel del monto que percibían hasta enero pasado.
"Inclusión social" de los servidores civiles debió empezar en la base de la pirámide
Por: Wens Silvestre
Lo que ha ocurrido con la publicación del Decreto Supremo N° 023-2014-EF es simplemente la consecuencia de la comentada política de "inclusión social”, pero esta vez, los beneficiarios son los funcionarios de confianza y de libre remoción de la alta dirección de las entidades de la administración pública de los tres niveles de gobierno, empezando por los ministros que obtendrán remuneraciones (denominado “compensación económica”) el doble de lo que venían percibiendo actualmente. Aunque vale recordar que en la gestión actual un grupo de funcionarios públicos “técnicos” del Poder Ejecutivo ya venían percibiendo hasta 25 mil nuevos soles mensuales. Recordemos también que durante el gobierno del señor Alan García se determinó que el Presidente de la República ganaría S/. 15.6 mil nuevos soles y los ministros percibían por debajo de este monto. Pareciera que el señor Alan García era más coherente y entendía mejor el significado de la inclusión social, considerando que la brecha entre un trabajador que percibía un sueldo mínimo legal no era tanto como lo será a partir de este mes.
La medida dispuesta por la actual gestión gubernamental es apresurada y relativamente desproporcionada por el cambio brusco, considerando
que aún ni siquiera se publicó el Reglamento de la Ley del Servicio Civil.
El señor Ministro de Economía y
Finanzas ha justificado su medida porque considera necesario mejorar la
eficiencia del Estado. Pero, parece que no entendió que el Estado es una
organización conformado por un gran número de servidores y no de unos cuantos.
Sólo teniendo en consideración esa observación me atrevería a decir que es muy
probable que su pretendido objetivo de tener un Estado eficiente, no se logrará,
porque, reitero, de poco o nada sirve duplicar los sueldos a funcionarios de
confianza de la alta dirección de las entidades del Estado, cuando sabemos que
los operadores y los que realmente brindan el servicio directo al ciudadano
están mal remunerados (compensados) y, son ellos realmente quienes mueven y
cumplen con eficiencia o deficiencia con los objetivos y metas de una
organización estatal ¿cuán efectiva será la medida adoptada que contribuya en
el mejoramiento de la capacidad del Estado para lograr sus fines y objetivos
manteniendo “congelado” (ceteris paribus) el resto de los medios o factores que
suman al mejoramiento de la eficiencia de una mega-organización como es el
Estado? Considero que no habrá mejoramiento ni cambio en el corto plazo y,
muy poco en el mediano plazo, porque mejorar la eficiencia en las organizaciones
del Estado, implica una serie de factores internos y externos de carácter
institucional, legal, administrativo, organizativo, etc. Es pertinente recordar que
las reglas de juego impuesto por el Estado, muchas veces limitan el accionar de
los servidores y la pretendida medida de atraer personal calificado será también
limitado, considerando, además, que entender el funcionamiento del Estado y la
peculiaridad de cada organización estatal, requiere de tiempo, y la dinámica es
claramente distinta a las entidades privadas, donde la reglas la pone la propia
organización para lograr su eficiencia. En ese sentido, era pertinente que
primero se publicara el reglamento de la Ley del Servicio Civil y en ella, debió considerarse el proceso de incremento de remuneraciones (compensaciones económicas), priorizando a los sectores menos incluidos
del aparato estatal: los servidores operativos (los profesores, médicos,
enfermeras, auxiliares, científicos, todo el personal de los órganos de línea
de una organización, que son la razón de ser del Estado) y luego seguir con los
funcionarios de confianza y de libre remoción. ¿Qué servidor civil trabajará con optimismo en un ambiente
donde la distancia remunerativa con su jefe es abismal? Por ahí, debió empezar
el incremento de las remuneraciones de los servidores públicos y progresivamente con los que dirigen las entidades públicas.
Finalmente, la curiosa comparación
de las remuneraciones que perciben los ministros en países como Brasil y Chile,
es una justificación sin mayor consideración, porque para empezar son realidades distintas y
tamaños de economía mayor que la nuestra, situación del PBI per cápita mayor que la nuestra, nivel
educativo mejor que nosotros, niveles de pobreza mucho más bajo que nosotros, etc. En todo caso, por qué no se comparó con
lo que perciben los ministros de Colombia (el más cercano parecido al país), Ecuador, Uruguay,
Argentina, Venezuela, etc. Claramente en estos últimos, las remuneraciones están
aproximadamente en el nivel del monto que percibían hasta enero pasado.
Un proceso gradual de incremento de las remuneraciones en el sector público hubiera sido saludado por la mayoría de ciudadanos. Sin duda.
© 2014 Wens Silvestre. Todos los derechos reservados
Foto: Palacio de Gobierno
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